Existe el perdón de la Deuda Hipotecaria?

 

¡SÍ! Generalmente, cuando el prestamista cancela o perdona su deuda usted debe pagar impuestos sobre esa cantidad ante el IRS. Lo que usted necesita y debe saber es que existen exenciones en esta regla para algunos propietarios de vivienda a los cuales se les perdonó su deuda hipotecaria en el 2012.

Si usted está viviendo esta situación o conoce alguien que esté implicado en algo similar, a continuación encontrará 5 tips importantes para aplicar y tener en cuenta durante este proceso.
  1. Normalmente, las deudas canceladas deben ser reportadas como ingresos tributables. Sin embargo, usted podría excluir la deuda cancelada de sus ingresos si la deuda era una hipoteca sobre su vivienda principal.
  2. Para calificar, usted debe haber utilizado la deuda para comprar, construir o mejorar sustancialmente su residencia principal. La residencia también debe asegurar la hipoteca.
  3. La deuda máxima que califica para la exención es de $2 millones. Para las personas casadas que procesan su Income Tax por separado, el límite de deuda es de $1 millón.
  4. Posiblemente usted podría excluir de sus ingresos una deuda hipotecaria reducida, a través de una reestructuración de la hipoteca. Usted también puede excluir una deuda hipotecaria cancelada en Foreclosure.
  5. La deuda hipotecaria refinanciada que se utilice para propósitos diferentes a los anteriormente mencionados, no califica para la exención. Por ejemplo; deuda destinada al pago de tarjetas de crédito.
Como puede ver este proceso requiere de mucha atención y cuidado en cada detalle que interviene para llevarlo a cabo correctamente. Quien escribe Andrés Monroy especialista en asuntos fiscales ante el IRS para Propiedad Raíz le puede ayudar.